Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST)
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¿Qué es?
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. (Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.4.6.4)
Política de SGSST
Dando cumplimiento al artículo 2.2.4.6.5 del Decreto 1072 de 2015, la política de seguridad y salud en el trabajo de la Corporación Universitaria CENDA es: (ver imagen, clic para ver al detalle)
¿Qué es el COPASST?
El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) es una figura clave dentro de las empresas para promover y vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo. No organiza eventos ni fiestas de fin de año, sino que actúa como un puente de comunicación entre los empleados y el empleador.
En resumen, el COPASST realiza actividades de promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades laborales.
¿Qué empresas deben contar con un COPASST?
Según la normativa colombiana, todas las empresas, públicas o privadas, con 10 o más trabajadores están obligadas a tener un COPASST.
Funciones del COPASST
De acuerdo con la legislación colombiana (Resolución 2013 de 1986 y Decreto 1072 de 2015), el COPASST tiene las siguientes funciones:
- Proponer medidas para mantener ambientes de trabajo seguros y saludables.
- Inspeccionar periódicamente los lugares de trabajo y los equipos.
- Escuchar y analizar sugerencias relacionadas con seguridad y salud.
- Participar en actividades de capacitación en salud ocupacional.
- Analizar las causas de accidentes y enfermedades laborales, proponiendo medidas preventivas.
Nuevas funciones según el Decreto 1072 de 2015:
- Recibir información sobre el desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
- Recomendar mejoras para el SG-SST.
- Participar en capacitaciones organizadas por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).
Conformación del COPASST
El número de integrantes depende del tamaño de la empresa:
- Menos de 10 empleados: Vigía de seguridad y salud en el trabajo.
- 10 a 49 trabajadores: Un representante por parte del empleador y uno de los empleados.
- 50 a 499 trabajadores: Dos representantes por cada parte.
- 500 a 999 trabajadores: Tres representantes por cada parte.
- Más de 1000 trabajadores: Cuatro representantes por cada parte.
Integrantes del COPASST
¿Qué es el Comité de Convivencia?
El Comité de Convivencia Laboral actúa como un mediador en las empresas para atender quejas relacionadas con posibles casos de acoso laboral, según la Ley 1010 de 2006.
Funciones del Comité de Convivencia
Según la Resolución 652 de 2012, este comité debe:
- Recibir y dar trámite a quejas sobre posibles casos de acoso laboral.
- Escuchar a las partes involucradas de manera confidencial.
- Promover espacios de diálogo y concertar planes de mejora.
- Informar a la alta dirección sobre casos y recomendar medidas preventivas o correctivas.
- Duración: Los miembros son elegidos por un período de dos años, con posibilidad de reelección.
- Reuniones: Ordinariamente cada tres meses, y de forma extraordinaria cuando sea necesario.
Período y reuniones
¿Quién puede ser parte del Comité?
El comité está compuesto por igual número de representantes del empleador y de los trabajadores. Los contratistas no pueden ser miembros, ya que no tienen un vínculo laboral directo con la empresa.
Conclusión
El COPASST y el Comité de Convivencia son pilares fundamentales para garantizar un entorno laboral seguro y respetuoso. En instituciones como la Corporación Universitaria CENDA, su implementación adecuada no solo cumple con la legislación, sino que también fomenta el bienestar integral de sus trabajadores y estudiantes
Integrantes del Comité de Convivencia
- Luz Amelia
- Jairo Fernández
- Sandra Roa
- Adriana Beltrán
- Viviana Bello
- Diego Vidales
- Adriana Vargas
El plan de emergencia
Es la estrategia desarrollada por los responsables, administradores y propietarios de lugares de aglomeración de público para identificar, prevenir y mitigar los riesgos, además de atender adecuadamente una emergencia. (Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.4.6.25)
Puntos de Encuentro
¿Qué hacer en caso de Accidente?
Reportarlo inmediatamente a su empleador para que el notifique el accidente.
Si el presunto accidente genera una urgencia, lleve inmediatamente al accidentado o diríjase al centro de salud más cercano, estas son las IPS u Hospitales que tiene convenio con ARL SEGUROS BOLIVAR.
Nombre de la Clínica | Teléfono | Dirección |
---|---|---|
Clínica del Occidente | 452 46 20 | Av. de las Américas No. 71 C - 29 |
Clínica Juan No. Corpas | 686 50 00 | Av. Corpas Km. 3 Suba |
Clínica los Nogales | 593 70 00 | Trv. 23 No. 94 A - 39 |
Mederi Barrios Unidos | 329 05 79 | Calle 66 A No. 52 - 25 |
Mederi Mayor | 560 05 20 | Calle 24 No. 29 - 45 |
Clínica de Traumatología y Ortopedia | 587 80 80 | Cra. 78 No. 3 A - 40 |
Fundación Cardioinfantil instituto de Cardiología | 667 27 27 | Calle 163 A No. 13 B - 60 |
Hotel Universitario San Ignacio | 288 81 88 | Cra. 7 No. 40 - 62 |
Clínica Federman | 221 34 00 | Calle 58 A No. 37 -10 |
Clínica Fundadores | 745 09 66 | Cra. 36 No. 25 C - 15 |
Hospital de San José | 353 80 00 | Calle 10 No. 18 - 75 |
Sociedad Medica de Ortopedia y Accidentes Laborales | 742 30 99 | Calle 6 A No. 70 -06 |